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Presentación electrónica al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Jueves 21 de mayo de 2020·Consejo Directivo AES

Fue homologado el Acuerdo Marco entre el Sindicato SOESGyPE y las Cámaras del sector Expendedor (CECHA, FECRA, CEGNC y AES) a través de le Resolución Homologatoria 565/2020 de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. (se envìa en el adjunto)
En el artículo 4, dicha resolución establece que el acuerdo homologado debe tomarse como «ACUERDO MARCO» de carácter colectivo, pero para que sus términos sean aplicables a las empresas de la actividad es imprescindible que cada una de las mismas adhieran a dicho acuerdo, presentando una nota que así lo refiera y en donde conste el listado del personal afectado.
Ésta nota se remitirá al Ministerio de Trabajo y se deberán especificar los datos que permitan individualizar el acuerdo marco y su resolución homologatoria.
Para ello deberemos tener en cuenta:

  1. En la nota de adhesión se deberá hacer referencia al expediente colectivo:
    REF: Ex-2020-30113672-APN-MT (ACUERDO MARCO)
    y a la resolución homologatoria de dicho acuerdo:
    NUM: RESOL-2020-565-APN-ST-MT
  2. La información se enviará por correo electrónico ó mediante la plataforma TAD.
    a) Por correo electrónico a mesadeentradas@trabajo.gob.ar
    Mesa de entradas del Ministerio de Trabajo, donde recibirán un número de expediente. b) A través de la plataforma TAD en «CONFLICTOS COLECTIVOS», ingresando con clave fiscal. En éste caso se deberá tener en cuenta al completar el formulario de denuncia obligatorio, lo siguiente:
    Actividad económica: Estaciones de Servicio, GNC, Playas de estacionamiento, garages y lavaderos
    Convenio colectivo: CCT 317/99
    En los datos de la parte demandada (ya que no hay denuncia alguna) completar con guiones o números según lo permita, ya que no puede haber casilleros en blanco.
    Denuncia/anuncia: NO
    Descripción de los hechos: Fecha: 30/04/2020 Alcance: Nacional
    Relato: Suspensiones Art 223 bis L.C.T. c) Recordar acreditar personería del representante de la Empresa que firma la presentación y adjuntar la nota de adhesión y el listado de personal afectado en «Otra documentación que sea pertinente al trámite solicitado». Una vez finalizado el trámite, el sistema devolverá un número de expediente.

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