Actualidad
Día de la Estación de Servicio
Recordamos, que conforme lo establecido en el artículo 14 del CCT 317/99, el 27 de Agosto se festeja el Día de la Estación de Servicio, por lo tanto, quienes trabajen ése día, recibirán la siguiente compensación:
Artículo 14: Se reconocerá el día 27 de Agosto de cada año, como el día de los Empleados de la actividad, el mismo será abonado con un recargo del 100% para el caso de aquel operario que deba prestar servicio.
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